a. Darse su Reglamento interno de funcionamiento,
designar su Mesa Directiva, aprobar sus actas y documentos.
b. Coordinar y organizar el proceso de la “trocha
ciudadana” de la entidad territorial, llámese municipio o departamento hacerle
seguimiento y ajustes.
c. Conceptuar, previa consulta ciudadana y de
conformidad con ella, sobre el proyecto de Plan de Desarrollo que le deben
presentar los gobernadores o alcaldes dentro de los términos de ley.
d. Trabajar coordinadamente con los Consejos
Territoriales y el Consejo Nacional de Planeación en el seguimiento y
evaluación de los respectivos Planes de Desarrollo.
e. Trabajar coordinadamente con el Consejo como
parte del Sistema Nacional de Planeación, por lo menos una vez al año, en la
elaboración del concepto sobre la armonización del Plan Nacional con los planes
territoriales de desarrollo. (Art. 126 de la Ley 508 de 1999).
f. Conceptuar, previa consulta ciudadana y de
conformidad con ella, sobre el proyecto de Plan de Ordenamiento Territorial del
municipio.( Ley 388 de 1997).
g. Hacer seguimiento y producir conceptos
periódicos, previa consulta ciudadana y de conformidad con ella, sobre el cumplimiento
del Plan de Desarrollo Municipal o Departamental y del Plan o esquema de
Ordenamiento Territorial del municipio.
h. De conformidad con el titulo II, del Plan
Nacional de Desarrollo para el período 1999-2002, “Cambio para Construir la
Paz” certificar la constitución del respectivo “Comité de Veeduría Ciudadana
para la transferencias de regalías” en los municipios que tiene derecho a
regalías.
i. Conceptuar y verificar que exista el componente
prioritario denominado gasto público social, establecido por el artículo 350 de
la Constitución, en todo Plan de Desarrollo
j. Absolver las consultas que sobre el Plan de
Desarrollo Municipal o Departamental le formule el Gobierno Territorial o las
autoridades de planeación.
k. Formular recomendaciones a las demás autoridades
y organismos de planeación sobre el contenido, la forma y la ejecución del
Plan.
l. Aprobar las proposiciones, documentos,
observaciones y constancias que surjan de las discusiones de la plenaria.
m. Definir las Comisiones que requiera el Consejo
para su funcionamiento.
n. Solicitar al Gobierno Territorial los informes
que necesite para el cumplimiento de sus funciones.
o. Establecer con el Gobierno Territorial, la
cooperación de los organismos de la administración pública para el mejor desempeño
de sus funciones.
p. Hacer efectiva la participación ciudadana en la
discusión de los planes de desarrollo para lo cual desarrollará permanentemente
actividades de formación ciudadana para la planeación participativa
q. Divulgar y publicar sus conceptos, decisiones,
criterios y actividades
r. Las demás propias de su naturaleza como
instancia de la sociedad civil, para la planeación participativa.